Documentos extranjeros para presentar en Italia

Para evitar perder tiempo, dinero y, sobre todo, que los documentos sean rechazados, es importante saber que:

 

-Todos los documentos provenientes del extranjero, ANTES DE SER TRADUCIDOS, tienen que estar:

Legalizados con Apostilla (para los países que adhieren al Convenio de La Haya) o legalizados ante las autoridades competentes del país que los emite, por ejemplo, ante el Ministerio de Relaciones Exteriores (si el país no ha adherido a dicho acuerdo).

 

¿Por qué?

Principalmente, porqué de lo contrario el documento no es válido. La legalización certifica que dicho documento ha sido emitido y firmado por quien posee la autoridad para hacerlo, garantizando al país que lo recibe que es un documento oficial.

Segundo, porque permite al traductor incluir en la traducción, la traducción de todos los sellos, y de esta manera, no habrán partes faltantes que puedan comprometer la comprensión y la validez del mismo.

 

-Ahora es posible hacer traducir el texto

A este punto, el traductor realiza el juramento del documento unido a la traducción. Se obtiene de este modo una “traducción Jurada”.

Los documentos están listos para ser presentados ante las autoridades italianas.

 

Este método es válido para todos aquellos documentos extranjeros que tengan que ser presentados en Italia.

Se pueden hacer valer en Italia también actos notariales, títulos de estudio, etc.

Siguiendo atentamente este procedimiento, se puede evitar tener que dirigirse a la autoridad consular en Italia del país que ha emitido el documento, sobre todo en aquellos casos donde la autoridad consular no sea cercana al lugar de residencia del interesado. Basta pensar que algunos países poseen sólo una sede consular, en Milán o solamente en Roma, lejos de la mayor parte del resto de Italia.

 

-¿Se necesitan los documentos originales?

Sí, siempre. Muy rara vez se admite el documento fotocopiado. Por este motivo existen algunas opciones para no tener que pedir varias veces el mismo documento:

  • Se legaliza y se traduce el original. El mismo se abrocha junto al juramento. A este punto, se pueden realizar todas las copias necesarias, simplemente haciendo aplicar el sello de “Copia Conforme all'originale”  (copia certificada) en el Municipio (Comune). Cuesta pocos centavos de euro y se realiza inmediatamente.
  • Se pueden también realizar copias fieles dirigiéndose a un notario de confianza. Las tarifas varían según el notario.

 

En el caso en que, por ejemplo, se realice una traducción jurada de un documento fotocopiado, la traducción es absolutamente válida, pero podría ser discutida la validez del documento mismo.